La Subsecretaria de Energía y Minería de Mendoza, dependiente del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, realizó un trabajo que demuestra por qué el valor económico de la producción de la fabricación nacional de los equipos de generación renovable supera a los beneficios generados por el diferencial de tarifa que se obtiene al generar energía a partir de equipos importados y demuestra por qué el Bono Fiscal del 20% definido en el RENOVAR para la industria nacional resulta insuficiente para promover la efectiva realización de dichos beneficios.
El informe que corresponde al mes de noviembre de 2016 aborda dos aspectos que se consideran de vital importancia a la hora de establecer criterios que promuevan tanto la eficiencia como la equidad en los procesos de licitación de proyectos, en este caso de generación de energía a partir de fuentes de recursos renovables.
El primero de estos aspectos e el “impacto económico local” que los proyectos de energía renovable generan como demandantes de insumos y/o bienes de capital en una determinada Provincia o Región, y el segundo, derivado de éste primer punto, es el “tratamiento equitativo entre proyectos que emplean Tecnología Nacional y los que emplean Tecnología Importada” de forma tal de crear condiciones parejas para el desarrollo de los beneficios demostrados.
Para realizar este trabajo se han analizado casos de un proyecto tipo eólico y de un proyecto solar.